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Publican Nuevas Reformas a la Ley de la Propiedad Industrial


El 18 de mayo del año en curso, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reformas y Adiciones a la Ley de la Propiedad Industrial (LPI), en materia de marcas. A partir de ahora, una marca puede estar conformada por las denominaciones, letras, números, elementos figurativos y combinaciones de colores, así como por signos holográficos y formas tridimensionales.

Con esta reforma se modifica el concepto de marca, para quedar como “todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representarse de manera que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección, que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado”.

Además, de que se abre la posibilidad de registrar marcas genéricas y descriptivas, que por su uso en el mercado han adquirido distintividad, lo que se conoce como la figura del secondary meaning o distintividad adquirida.

Estas reformas contemplan beneficios y amplían el panorama de registro al usuario del sistema de propiedad industrial, incluyendo ahora el registro como marca de elementos de imagen (tamaño, diseño, color, disposición de la forma, etiqueta, empaque, la decoración o cualquier otro que al combinarse, distinga productos o servicios en el mercado).

Asimismo, es necesario tomar en cuenta que una marca puede caducar cuando se haya dejado de usar por 3 años consecutivos.

Las Reformas abarcan aspectos relacionados con el reforzamiento al sistema de oposición, posibilidad de hacer modificaciones a un título de registro o publicación para corregir errores evidentes o de forma; entre otros aspectos.

El Decreto entra en vigor a los sesenta días hábiles siguientes a la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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