El 23 de agosto comenzaron los operativos contra las llamadas ambulancias patito, estas no cuentan con permiso para la atención prehospitalaria, esto después de seis meses de prorroga que interpusieron las autoridades para que se pudiera poner en orden.
Sin embargo, la tarde de lunes un grupo de paramédicos de ambulancias privadas protestaron y bloquearon una avenida cercana al Metrobús Mina, pidiendo a las autoridades más tiempo y así puedan regularizar sus unidades, tener la documentación en regla conforme a lo estipulado al reglamento.
De acuerdo con el reglamento publicado el 21 de febrero de 2022, para regular los vehículos como ambulancias, la Agencia de Protección Sanitaria será la encargada de coordinar el operativo permanente, en conjunto con la Secretaría Ciudadana, Movilidad, Medio Ambiente y Salud, ya que deberán atender los reportes de la ciudadanía en donde haya ambulancias que no estén verificadas, es decir, ilegales, para sacarlas de circulación.
Por lo tanto, la ciudadanía podrá presentar denuncias ante la Agepsa o el Locatel por actos u omisiones de las ambulancias ante el incumplimiento de los protocolos, por lo que deberán señalar los datos que permitan identificar la ambulancia incumplidora, como la placa de matrícula, nombre completo y/o compañía o dependencia a la que pertenece, el nombre del personal técnico de atención prehospitalaria y, de preferencia, el nombre y domicilio de la persona que presenta la queja.
La Agepsa podrá investigar las irregularidades que se presenten en los medios de comunicación o con información que se le haga llegar, en la que se advierta la comisión de irregularidades administrativas.
Cuando exista riesgo inminente a la seguridad de los usuarios del servicio, o en caso de negligencia manifiesta, la Agencia de Protección Sanitaria ordenará la suspensión temporal o definitiva de la unidad, solicitando su remisión al depósito vehicular, sin perjuicio de las denuncias ante las autoridades competentes o procedimientos de responsabilidades administrativas.
También se podrán “imponer sanciones por el uso indebido de comunicaciones reservadas relacionadas con servicios de atención médica prehospitalaria” o directamente por el CRUM, por la falta de equipo mínimo en la unidad móvil, emplear personal que carece de certificación, falta de aviso de funcionamiento emitido por Cofepris, no exhibir el dictamen récnico vigente para el funcionamiento, entre otras.
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